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Normas en vigor que son poco observadas. Jesús Luengo Mena


 Vamos en este artículo a recordar algunas normas que están en vigor pero cuyo cumplimiento parece haberse olvidado.

* El ayuno eucarístico sigue en vigor. “Quien vaya a recibir la santísima Eucaristía  ha de abstenerse de tomar cualquier alimento y bebida al menos una hora antes de la sagrada comunión, a excepción del agua y las medicinas” (CDC nº 919). Se exceptúa a los ancianos, a los enfermos y a quines los cuidan así como al sacerdote que oficie dos o tres Eucaristías en el mismo día, debiendo guardar el ayuno sólo para la primera Eucaristía.

* La abstinencia de carne o de otro alimento dispuesto por la Conferencia Episcopal se debe guardar todos los viernes de año, que tiene siempre carácter penitencial y no sólo los viernes de Cuaresma, como suele creerse. Ayuno y abstinencia serán solamente el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo. La ley de la abstinencia obliga a los mayores de 14 años y la del ayuno a los mayores de edad hasta los 59 años. El ayuno consiste en hacer una sola comida al día, y algo de alimento por la mañana y por la noche. La abstinencia se refiere a productos de carne u otros. El sentido es de renuncia voluntaria algo que nos agrada y ofrecerlo para los necesitados además de un sentido penitencial. Las respectivas Conferencias Episcopales pueden determinar la manera en que se cumple el ayuno y la abstinencia, y sustituirlo en todo o en parte por obras de caridad y prácticas piadosas. (CDC nº 1251 y siguientes)

* La asistencia a la misa dominical y en las fiestas de precepto es obligación de los fieles así como abstenerse de hacer trabajos que le impidan cumplir esa obligación o de disfrutar del merecido descanso, salvando lógicamente las obligaciones laborales ineludibles. De igual manera “todo fiel, después de la primera comunión, está obligado a comulgar por lo menos una vez al año. Este precepto debe cumplirse durante el tiempo pascual, a no ser que por causa justa se cumpla en otro tiempo dentro del año” (CDC nº 920)

Recordamos finalmente las fiestas de precepto. Además de los domingos, las fiestas de precepto del año 2007 para España son las siguientes:

1 de enero (lunes)
Santa María, Madre de Dios.

6 de enero (sábado)
Epifanía del Señor

19 de marzo (lunes)
San José, Esposo de la Virgen

25 de julio (miércoles)
Santiago Apóstol, Patrono de España

15 de agosto (miércoles)
La Asunción de la Virgen María

1 de noviembre (jueves)
Todos los Santos

8 de diciembre (sábado)
La Inmaculada Concepción de la Virgen María

25 de diciembre (martes)
La Natividad del Señor

Además cada diócesis debe añadir las fiestas que acuerde el Obispo. Cuando en alguna comunidad autónoma por motivos de calendario laboral se presente alguna duda sobre si una determinada festividad conserva o no su tradicional carácter de fiesta de precepto, se debe acudir a la propia parroquia u Obispado para resolver la duda, pues es, en cada caso, el Ordinario del lugar quien decide sobre la dispensa o no del precepto, así como sobre el oportuno traslado de ciertas fiestas de santos patronos.

Fuente: Calendario Litúrgico-Pastoral 2007
Edita Secretariado de la Comisión Episcopal de Liturgia.

Siglas CDC: Código de derecho canónico

Jesús Luengo Mena, Lector instituido y Vicette de la Hdad de Jesús Despojado

Foto: Francisco Santiago










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