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La financiación de la Iglesia. Delegación Diocesana de Orientación Social-Justicia y Paz


La opinión pública es fundamental en el seno de la sociedad, también en el seno de la Iglesia. Pío XII la definía como el eco natural, la resonancia común más o menos espontánea, de los sucesos y de la situación actual. No es infalible ni siempre absolutamente espontánea. La opinión se forma y, por ello, necesita información veraz y suficiente.

La iglesia, como cualquier otra organización que actúa en la sociedad necesita de unos recursos económicos para desarrollar su función.

La construcción  y el mantenimiento de templos, las retribuciones de los sacerdotes y demás personas que desarrollan su actividad dentro de ella, los suministros y servicios conllevan costos que requieren de una adecuada financiación sobre lo que, hasta hace poco tiempo en que se ha iniciado un camino de mayor transparencia, (de lo que sinceramente nos alegramos) se mantenía en una cuidada nebulosa poco clara.

El convencimiento de que los fieles tienen el  derecho y la responsabilidad de conocer cómo se financia su Iglesia nos lleva a confeccionar esta hoja.

Como advertencia, haremos constar que queda fuera de nuestra consideración la financiación de las obras de la Iglesia : Cáritas, Manos Unidas, etc... cuyos presupuestos se nutren fundamentalmente de los donativos ayudas y subvenciones públicas que reciben, además de la inestimable disminución de gastos que supone la actuación de   los voluntarios que aportan su  trabajo gratuitamente.

¿Cómo se financia la Iglesia Diocesana ?

En España, las fuentes de financiación, son las aportaciones de los fieles, los rendimientos de su patrimonio, y las cantidades que percibe del Estado por la vía de la asignación tributaria y la dotación presupuestaria.

Las aportaciones de los fieles no requieren mayor explicación. En cuanto a los rendimientos patrimoniales no tienen una especial incidencia. Hay que recordar cómo a mediados del siglo XIX se produce la desamortización  de los bienes eclesiásticos en una operación económica que no vamos a valorar, de modo que los rendimientos actuales no son significativos, además de encontrarse la mayoría destinados permanentemente por voluntad de los donantes  a finalidades de culto y sacramentos.

Mayor detenimiento requiere las aportaciones del Estado.

En el Concordato entre el Estado Español y la Santa Sede de 26 de octubre de 1953,  se puede decir que el Estado financiaba a la Iglesia mediante lo que se denominaba una “adecuada dotación anual para la retribución del clero”, además de asignaciones para Seminarios, Universidades católicas y culto.

Este sistema se sustituye por el Acuerdo denominado de asuntos económicos de 3 de enero de 1979. Conforme a este acuerdo el Estado asignaría a la Iglesia un porcentaje del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de aquellos contribuyentes que expresa  y voluntariamente muestren su conformidad con ese destino, es lo que se conoce como asignación tributaria.

Hasta  tanto, se establece una dotación presupuestaria que se iría minorando  con el rendimiento de lo obtenido de las declaraciones de la renta: dotación presupuestaria

El porcentaje de la declaración sobre la renta se fija en el 0,5239 por 100 de la renta integra del impuesto. Este porcentaje se estableció con carácter provisional hasta ver cómo funcionaba  el sistema, si bien se ha venido  prorrogando hasta este momento. La última prórroga ha tenido lugar en la ley de Presupuestos para este año.

En consecuencia la aportación del Estado comprende:

El rendimiento de la asignación tributaria, es decir el 0,5239 por 100 de la cuota integra del Impuesto sobre la renta de aquellos ciudadanos que voluntariamente “ponen la cruz” en la declaración del impuesto.

La dotación presupuestaria que lleva a cabo el Estado hasta alcanzar la dotación inicial, fijada conforme al Acuerdo de 1979 con sus correspondientes actualizaciones.

Para el ejercicio de 2006 la cifra total se encuentra en alrededor de los ciento cuarenta y cuatro millones de euros.

Hay otros beneficios derivados del régimen fiscal reconocido a la Iglesia , en cuanto supone una minoración de gastos.

¿Cuál debe ser nuestra reflexión y actuación?

La Iglesia desarrolla una función  beneficiosa para la sociedad, no sólo por su actuación  directa sino por la ingente labor asistencial que se lleva a cabo por instituciones que forman parte o están inspirada por ella, por lo que no es rechazable que perciban cantidades procedentes de fondos públicos.

El sistema de asignación tributaria parece adecuado ya que son los ciudadanos los que libremente deciden que una parte de lo que pagan por el Impuesto sobre la renta tenga esta finalidad.

No opinamos igual de la cantidad que complementa el Estado, la llamada dotación presupuestaria, en cuanto garantiza a la Iglesia unos ingresos al margen de la voluntad de los ciudadanos de cuyos impuestos sale.

No es admisible que un sistema que se estableció con  carácter provisional hace veinticinco años se haya venido prorrogando sin fijarlo con carácter definitivo, tal y como se preveía en los Acuerdos de 1979.

Es más que deseable para la Iglesia y el Estado que se llegue a un acuerdo sobre el porcentaje que debe de sustituir al 0,5239 por 100 para que, a partir de ese momento, desaparezca la dotación presupuestaria, de modo que la Iglesia perciba del Estado solo lo que resulte de la aplicación del nuevo porcentaje a la cuota integra del Impuesto sobre la renta de los ciudadanos que de forma libre, voluntaria y expresa así lo manifiesten.

En todo caso los cristianos debemos tomar conciencia de que el mantenimiento  económico de la Iglesia es responsabilidad nuestra y aportemos, de forma fija y periódica y al igual que hacemos con otras organizaciones a las que pertenecemos, una cantidad de acuerdo con nuestras disponibilidades.

Que para realizar todos estos programas, para la atención de las obras caritativas y sociales, para la construcción de templos y mantenimiento de las parroquias, para sostenimiento de las personas, etc, se necesitan recursos económicos, es evidente.

No es mucho lo que necesitamos, en relación con la labor que se realiza, pero sí tenemos que organizarnos mejor. Aunque sea la de una cantidad pequeña, es necesaria la cuota parroquial, y la contribución periódica a las necesidades de la Iglesia : "si eres parte, pon tu parte".

Además de la ayuda que se puede prestar, esta contribución económica es una señal de pertenencia e interés por la comunidad cristiana, de sentirse miembro activo de la Iglesia.

También ha de considerarse esta ayuda a la Iglesia como expresión de gratitud a Dios por los bienes que nos da y que queremos compartir con los demás, en señal de reconocimiento al Señor y de caridad fraterna con otros más necesitados”.  Monseñor Carlos Amigo, Cardenal de Sevilla, Día de la Iglesia Diocesana , noviembre, 2005.  










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