Arte Sacro
  • Noticias de Sevilla en Corpus Christi
  • viernes, 31 de mayo de 2024
  • faltan 317 días para el Domingo de Ramos

Alquiler de apartamentos turísticos: una alternativa no exenta de riesgos. UCA-UCE recomienda exigir un contrato por escrito y leerlo detenidamente


 Sevilla Información. Con la llegada del calor, son muchas las personas que eligen el alquiler de un apartamento o similar como la alternativa más económica a la hora de pasar las vacaciones. Es también ésta la época en la que, en las oficinas provinciales de la Unión de Consumidores de Andalucía-UCA/UCE, empieza a registrarse un  mayor número de consultas y reclamaciones relativas a los problemas surgidos. Aunque el fenómeno se presenta de manera constante durante todo el verano, es en septiembre, coincidiendo con la vuelta de las vacaciones, cuando de nuevo vuelve a dispararse la cifra de quejas, manifestando sus más altas cotas. 

El pasado verano, la Unión de Consumidores de Andalucía-UCA/UCE registró 1.382 consultas y reclamaciones referidas a hoteles y apartamentos turísticos. Las quejas más frecuentes se debían a que los apartamentos pertenecían a una categoría inferior a la pactada, presentaban falta de higiene, la distancia que los separaba de la playa era mucho mayor a la que el catálogo anunciaba, tenían una capacidad menor a la acordada o sus electrodomésticos no funcionaban.

Por ello, en vista a las fechas que se aproximan, la Unión de Consumidores de Andalucía-UCA/UCE quiere ofrecer una serie de consejos para evitar conflictos e inconvenientes que trastornen nuestro descanso vacacional:

1.- No dejar para última hora la búsqueda del apartamento. La anticipación y la previsión permitirán comparar precios y calidades lo que sin duda repercutirá en el bolsillo del consumidor.

2.- Exigir un contrato por escrito. La mayoría de los alquileres de verano son pactos verbales que, aunque se consideren legales, no son aconsejables ya que, ante la falta de un documento de este tipo, es muy difícil solucionar las discrepancias que pudieran surgir.

3.- Leer muy bien el contrato antes de firmarlo.  Generalmente, en el contrato existe una cláusula en la que el cliente admite que recibe el apartamento en perfecto estado de uso y mobiliario. UCA-UCE recomienda comprobar que es así y que el documento se corresponde exactamente con la realidad. Si hay algún desperfecto hay que hacerlo constar ya que la normativa establece que, si en el momento de firmar los clientes no muestran ninguna objeción, expresan que están conformes con los muebles y enseres que constan en el inventario, así como su estado de conservación y utilización. En caso de problemas, de no existir esta cláusula ni inventario alguno,  será el propietario del apartamento turístico quien deba probar el estado en que se encontraba el mismo antes y después de la estancia.

4.- En este contrato debe constar si dentro del precio por el apartamento va incluido o no el servicio de suministro de agua, de la energía eléctrica, de la energía para la cocina, la calefacción y el agua caliente.

5.- Cuando se lea la publicidad de estos apartamentos hay que hacerlo con atención. En ella deben figurar, de forma que no induzcan a confusión, los servicios comprendidos en la oferta de precios y los opcionales (piscinas, hamacas, toldos, sillas, columpios, parques particulares, aparcamientos exteriores…).

6.- Las empresas explotadoras de los apartamentos turísticos son responsables de la correcta prestación de los servicios complementarios contratados, incluso si están a cargo de terceras personas. En el caso de que la empresa cuente con servicio de bar-cafetería, restaurante o similares, no sentirse obligado a utilizarlo. El contrato no puede imponerle su uso ni incluir su precio en el alquiler. Cualquier cláusula del contrato que indique lo contrario, carecerá de validez.

7.- El titular del alojamiento puede exigir un anticipo del precio en concepto de señal. En el caso de los apartamentos turísticos, la cantidad máxima que pueden exigir por la reserva es el 40% del precio total cuando se realiza por tiempo inferior a un mes, el 25% en la reservas por un mes y el 15% cuando se realice por un tiempo superior. La anulación de la reserva da derecho al titular del apartamento a retener como máximo el siguiente porcentaje de la señal exigida:

-          el 5% cuando la anulación se haga con más de treinta días de antelación a la fecha fijada para ocupar el apartamento

-          el 50% cuando se haga con treinta o menos días y más de siete

-          el 100% cuando se haga con menos de siete días.

8.- Solicitar el recibo de todo cuanto abonemos. Estos documentos junto a facturas, contratos y folletos publicitarios serán de gran utilidad en el caso de una posible reclamación.

9.- En caso de problemas, y, si la contratación del apartamento se ha realizado con una agencia, no debemos dudar a la hora de solicitarles las Hojas de Reclamaciones, y, efectuar en ellas nuestra queja. Su posterior tramitación, se podría realizar a través de la Unión de Consumidores de la correspondiente provincia, las distintas Oficinas Municipales de Información al Consumidor  o el Servicio de Consumo de la Junta de Andalucía.










Utilizamos cookies para realizar medición de la navegación de los usuarios. Si continuas navegando, consideramos que aceptas su uso.