Convocatoria de Cabildo de Elecciones en San Roque
Arte Sacro. En el presente año, último de mandato, la hermandad de San Roque tiene que renovar total o parcialmente la junta de gobierno (Regla 77). Con tal motivo la junta de gobierno, reunida en cabildo de oficiales de convocatoria de elecciones (Regla 86) el pasado día 29 de junio, ha iniciado el proceso electoral y el nombramiento de la Comisión Electoral (Reglas 113 y 114)
Cabildo de elecciones: Se celebrará el lunes día 16 de octubre de 2023 (Regla 113) a partir de las 20,30 horas, en la casa de Hermandad. Para conocimiento de todos los hermanos, se indican a continuación el calendario y Reglas, que afectan al proceso.
Censo electoral: Queda regulado por las Reglas 115, 116 y 117. El censo electoral provisional estará a disposición de todos los hermanos, en secretaría, durante un plazo de treinta días, desde la fecha de esta comunicación. Pasado este periodo de tiempo se confeccionará el censo definitivo, aquel hermano que no conste en el censo definitivo no podrá ejercer su derecho al voto.
Presentación de candidaturas: Según se indica en la Regla 118, el hermano dispondrá de sesenta días, desde la fecha de este escrito, para la presentación de su candidatura. Los requisitos para ser candidato son los indicados en las Reglas 78 y 79. Pasados estos sesenta días, se publicará por parte de secretaría y con el visto bueno de la Comisión Electoral, la lista de candidatos admitidos (Regla 119).
Lista de candidaturas cerradas: Las listas de candidaturas cerradas, con la indicación de quien se presenta a hermano mayor y la distribución de candidatos para cada oficio, se presentará según la Regla 120.
Campaña electoral: Se iniciará veintiún días antes del cabildo de elecciones, según la Regla 120.
Voto por correo: Los hermanos que lo soliciten, podrán ejercer su derecho al voto por correo, según la Regla 123. La solicitud de votar por correo, con una antelación mínima de treinta días antes del cabildo de elecciones, requisitos y condiciones se realizará según la Regla 124.
Convocatoria del Cabildo de elecciones: Se realizará diez días antes del cabildo de elecciones, según la regla 65.

