Comunicado del Ayuntamiento sobre la vista celebrada ayer por las actuaciones del Prado
1. Los servicios jurídicos de la Gerencia Municipal de Urbanismo consideran que la parte demandante debió agotar la vía administrativa en recurso de alzada, ante de plantear el recurso contencioso-administrativo interpuesto.
2. No existe peligro por la demora, ya que el proyecto que se va a ejecutar en El Prado de ningún modo genera daños a la vegetación de la pequeña superficie que el edificio de la Biblioteca va a ocupar dentro de la amplia superficie del Prado de San Sebastián. Se trata pues, de un proyecto absolutamente cuidadoso y respetuoso con la misma, con un elevado grado de detalle y meticulosidad en su tratamiento, objeto de informe por parte del catedrático de Ecología de la Universidad , Enrique Figureroa Clemente.
Asimismo, no se acredita que se generan daños, y mucho menos irreparables, al Patrimonio Histórico ni al medio ambiente urbano, de forma que se haga necesaria la suspensión de la ejecución de la licencia concedida, máxime cuando se trata de un proyecto de alta calidad no sólo arquitectónica, sino ambiental, respetuoso con los criterios de sostenibilidad, que ni siquiera consume todo la superficie de suelo que podría ocupar conforme a las determinaciones del PGOU.
Se prevé, además, el replantado de toda la vegetación existente y el traslado y reubicación de los juegos infantiles y fuentes existentes, e incluso, el incremento de los mismos y la generación de nuevas zonas verdes.
Por otra parte, la relación de la empresa que tiene encargada la ejecución del proyecto de la Biblioteca con los servicios municipales competentes es constante, especialmente con Alumbrado Público y Parques y Jardines. En ese sentido, se está haciendo acopio y almacenamiento de los elementos retirados durante la ejecución de las obras que sean reaprovechables.
3. No existe ningún tipo de vulneración de la legalidad urbanística en el otorgamiento de la licencia, ya que con fecha 10 de marzo de 2008, en TSJA denegó la medida cautelar de suspensión de tales determinaciones sobre la ordenación del Prado de San Sebastián que permiten la ejecución de la Biblioteca General , en el recurso interpuesto por ACTURBANA, S.A.
4. Por otra parte, deben prevalecer sin duda los intereses públicos defendidos por el Ayuntamiento de Sevilla, ya que de mantenerse la suspensión se afectaría a la ordenación urbanística de una gran ciudad, por cuanto se impediría la construcción de un importante equipamiento, sistema general, como por el interés público de la labor docente, académica e investigadora que representa la Universidad de Sevilla.
La paralización de la construcción del edificio supondría, además de otros importantes gastos que la Universidad cuantifica en 10.408 euros por día de paralización, la pérdida para la misma y, por tanto, para la ciudad de Sevilla, de la subvención de casi tres millones de euros que se ha concedido por la Unión Europea para el Centro de Recursos para la Investigación , así como de las inversiones que la Administración Autonómica ha incluido en su Plan Plurianual de Inversiones para las Universidades Públicas Andaluzas, con destino a la construcción de la Biblioteca General de la Universidad de Sevilla. No cabe duda de que estos sí que son daños de “difícil o imposible reparación”.
5. Por todo ello, se ha solicitado a la jueza que levante la medida cautelar acordada con carácter provisionalísimo, en auto de fecha 19 de agosto de 2008.