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VI Convocatoria de ayudas y subvenciones para proyectos sociales del Cerro del Águila


 Arte Sacro. Un año más, en el deseo de apoyar y promocionar programas de acción social desarrollados por asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro, y cuyos principios no sean contrarios a la Iglesia Católica ni a los valores defendidos por ésta, la Hermandad del Cerro del Águila ha publicado el jueves, 23 de octubre, su VI Convocatoria de ayudas y subvenciones para proyectos sociales referentes a los siguientes sectores: Personas mayores, infancia, discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales, colectivos con especiales problemas de marginación y programas de inserción laboral y búsqueda de recursos económicos.
 
La convocatoria se rige por las bases que se adjuntan, las cuales fueron aprobadas en cabildo de oficiales de 20 de octubre de 2014. El plazo de presentación de solicitudes abarcará hasta el 27 de febrero de 2015.
 
PRIMERA: FINALIDAD
 
La finalidad de la presente convocatoria es apoyar y promocionar programas en acción social desarrollados por asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro, y cuyos fines no sean contrarios a la Iglesia Católica ni a los principios defendidos por esta.

SEGUNDA: OBJETO

Podrán ser objeto de subvención los programas referidos a los siguientes sectores específicos (en las modalidades de actividades, equipamiento, mantenimiento):

- Infancia.

- Inserción laboral y búsqueda de recursos económicos.

- Personas Mayores.

- Disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales.

- Colectivos con especiales problemas de marginación.

TERCERA:

El importe total de la subvención concedida no necesariamente cubrirá el coste total del proyecto presentado.

CUARTA: BENEFICIARIOS

Podrán solicitar subvenciones las asociaciones y entidades de Sevilla y su provincia sin ánimo de lucro que realicen proyectos de interés social en nuestro territorio, y cuyos fines no sean contrarios a la Iglesia Católica ni a los principios defendidos por esta.

Además, no podrán ser objeto de subvención, aquellas entidades o asociaciones que no hayan aportado ni justificado los gastos de las subvenciones concedidas en ediciones anteriores o no hayan cumplido la norma undécima de estas bases.

QUINTA: CRÉDITO PRESUPUESTARIO

El crédito presupuestario previsto para esta convocatoria es el que se encuentra recogido en la partida presupuestaria 3.1.0.5 del vigente presupuesto general de la Fervorosa Hermandad Sacramental y Cofradía de Nazarenos del Santísimo Cristo del Desamparo y Abandono, Nuestro Padre Jesús de la Humildad y Nuestra Señora de los Dolores para el curso 2014- 2015.

SEXTA: SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Las solicitudes de subvención, dirigidas al Diputado de Caridad de la Hdad. Ntra. Sra. de los Dolores y acompañadas de la documentación a la que se hace mención en este mismo apartado, según anexo I, podrán presentarse en:

- Casa Hermandad de Ntra. Sra. de los Dolores (sita en C/ Ntra. Sra. de los Dolores nº 33 de Sevilla - 41006), bien por vía postal, bien entregándola en mano a un oficial de la Junta de Gobierno (previa cita con el Diputado de Caridad).

En la solicitud deberá constar:

1) Instancia en la que figure el nombre, dirección, DNI/NIF del solicitante, identificación del representante, modalidad y cuantía de la solicitud, según anexo I, con copia para la entidad solicitante que será registrada en la Hermandad.

2) Fotocopia del CIF.

3) Programa explicativo indicando actividad concreta a desarrollar, nº de participantes previsto, fecha y lugar de ejecución.

4) Cantidad total que se solicita como subvención, cuyo importe no necesariamente coincida con el total del coste de la actividad concreta mencionada en el apartado inmediatamente anterior.

5) Presupuesto de ingresos y gastos general de la entidad.

6) Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad a desarrollar.

7) Certificado de cuenta bancaria donde se desee recibir la subvención, que deberá tener como titular a la Entidad solicitante.

SÉPTIMA: PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes será desde la publicación de las bases de la convocatoria en la página Web de la Hermandad de Ntra. Sra. de los Dolores ( www.doloresdelcerro.com ) hasta el 27 de febrero de 2015.

Toda solicitud recibida fuera de este plazo será motivo suficiente para ser desestimada. Asimismo se publicará el texto íntegro de las bases en el tablón de anuncios de la Casa Hermandad.

OCTAVA: PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN

Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, estas serán evaluadas, aplicando los criterios que se señalan en la cláusula décima de estas bases, por la Comisión que a tal efecto se constituya, formada en cualquier caso por el Diputado de Caridad y en algún extremo en función de las necesidades de la corporación, por algún otro Oficial de la Junta de Gobierno. En todo momento podrá requerirse información complementaria que se considere necesaria, a fin de completar la valoración de la petición presentada.

NOVENA

Tras el informe favorable de la citada Comisión, el Diputado de Caridad, en consenso con el Hermano Mayor, el Fiscal y los Mayordomos, elevarán a la Junta de Gobierno las subvenciones de esta convocatoria, siendo aprobadas en Cabildo de Oficiales, notificándolo seguidamente a los interesados. La resolución y aprobación por parte de la Junta de Gobierno pone fin al proceso de selección de proyectos con los que se colaborará, sin que exista posibilidad de interponer recursos por parte de las Entidades y Asociaciones solicitantes.

DÉCIMA: CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

Para la determinación de la cuantía de la subvención se establecerán prioridades en la concesión, atendiendo, en orden preferente, a los siguientes criterios:

a) se consideran prioritarios los siguientes programas sociales:

- Dentro del ámbito de la infancia, tendrán carácter prioritario los programas y servicios siguientes:

- Servicios y programas de prevención y atención a la infancia en situación de riesgo.

- Servicios y programas de apoyo a la familia.

- Servicios de apoyo a los menores en conflicto social.

- Actividades de ocio y tiempo libre.

- Atención a personas en situación de desempleo de larga duración para la búsqueda de recursos económicos.

- Modalidad de mantenimiento de centros y actividades sociales gestionados por asociaciones de personas mayores.

- Disminuidos físicos, psíquicos o sensoriales.

- Drogadicción y alcoholismo.

- Atención a colectivos con especiales problemas de marginación e integración social.

- Equipamiento y actividades en centros especializados.

b) tanto para la emisión del informe favorable de la Comisión como para la propuesta de otorgamiento, se valorará la adaptación del proyecto al objeto establecido en la convocatoria, el carácter innovador del proyecto y el número de personas usuarias y beneficiarias.

c) para la concesión de las mismas será necesario que las propuestas cuenten, por su contenido y metodología, con viabilidad técnica de aplicación en el plazo establecido.

UNDÉCIMA: CONTROL Y SEGUIMIENTO

La concesión de la subvención supondrá para la entidad beneficiaria la obligación de someterse a la evaluación y seguimiento de la actividad subvencionada.

La entidad subvencionada contraerá las siguientes obligaciones:

- Admitir la evaluación y seguimiento sobre las actividades concedidas que, en su caso, pueda realizar la Hdad. Ntra. Sra. de los Dolores.

- Comunicar a la Diputación de Caridad de Ntra. Sra. de los Dolores cualquier eventualidad en la actividad o programa subvencionado, cuando afecte a tal subvención y en el momento en que se produzca.

- Aportar una breve memoria de la actividad objeto de la subvención al término inmediato de la misma.

- Aportar todas las facturas o justificantes-recibos que detallen minuciosamente el gasto aplicado a la actividad subvencionada, al término inmediato de la misma, en documento original o fotocopia compulsada, debidamente relacionada que acrediten el pago efectivo por cuantía que sirvió de base para la concesión de la subvención.

- En caso de no llevarse a cabo la actividad subvencionada, la Entidad beneficiaria deberá reintegrar el importe concedido por la Hermandad Ntra. Sra. De los Dolores, en el plazo máximo de quince días a contar desde la fecha de cancelación de la actividad.

- Aportar toda la documentación requerida en los puntos anteriores antes del 19 de diciembre de 2015.

En cualquier momento la Hdad. Ntra. Sra. de los Dolores se reserva el derecho de efectuar cuantas comprobaciones sean necesarias para el cumplimiento de la finalidad de la subvención.

DUODÉCIMA: ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La presentación de solicitudes implica la aceptación expresa y formal de los términos de esta convocatoria.

Cualquier falsedad en los datos aportados será motivo suficiente para la pérdida de derecho a recibir la subvención.

DILIGENCIA: Para hacer constar que las presentes Bases fueron aprobadas en Cabildo de Oficiales de la Fervorosa Hermandad Sacramental y Cofradía de Nazarenos del Santísimo Cristo del Desamparo y Abandono, Nuestro Padre Jesús de la Humildad y Nuestra Señora de los Dolores, celebrado el día 20 de octubre de 2014.










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