Caín y otros nombres que no se pueden poner a un niño en España
PD. En España de lo que cree la mayoría de la gente, no se puede llamar a los hijos como a los padres les venga en gana. Existen unos límites regulados en los artículos 54 de la Ley del Registro Civil y el 192 de su Reglamento.
Como explican en Historia Infinita, están prohibidos los nombres que perjudiquen a la persona o afecten su dignidad, como Caín o Judas.
Respecto a los diminutivos, la ley admite nombres que tengan la misma relevancia que el nombre propio del que derivan, tales como Sandra, Mariola o Lola. Sin embargo, otros como Nacho y Charo no se permiten.
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